Así gravará el Gobierno las pensiones con la nueva reforma tributaria
Se gravarán con renta las pensiones que excedan 1.600 UVT anuales.
En primer lugar, las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales estarán gravadas solo en la parte de los pagos que excedan 1.600 UVT anuales (58.092.800). Además, se aplicará la misma norma para las devoluciones de saldos de ahorro pensional, en este caso se deberá multiplicar el valor mencionado por el número de años a los que corresponda.
La pensión también estará sujeta a retención en la fuente, por tratarse de un ingreso laboral. De acuerdo con el proyecto, para 2022 la tarifa comenzará en 10 % para pensiones entre 60 (2.178.480) y 70 UVT (2.541.560) mensuales e irá progresivamente hasta 41 % para pensiones de más de 1.050 UVT (38.123.400). Para 2023, el tope mínimo (10 %) se correrá a 39 UVT mensuales (1.416.012) y el máximo (41 %) aplicará a partir de 833 UVT (30.244.564).
Al mismo tiempo, la propuesta de reforma tributaria elimina el carácter de ingreso no constitutivo de renta para las cotizaciones voluntarias a pensiones obligatorias, por lo que no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente.
Con respecto a las empresas del sector, el proyecto de ley mantiene la exclusión del IVA para los servicios vinculados con la seguridad social, específicamente, los servicios prestados por las administradoras dentro del régimen de ahorro individual con solidaridad y de prima media con prestación definida.
También propone que las contribuciones que efectúen las entidades patrocinadoras o empleadoras, a los fondos de pensiones de jubilación e invalidez y de cesantías y al mecanismo de ahorro de los Beneficios Económicos Periódicos (Beps) sean deducibles para efectos del impuesto sobre la renta hasta por 3.800 UVT (137.970.400) por empleado y en la misma vigencia fiscal en que se realicen.
Pero no todo son nuevos cobros. La propuesta de reforma tributaria incluye alivios al pago de los aportes de seguridad social para las empresas que promuevan el acceso al empleo mediante la contratación de jóvenes de menos de 28 años, adultos mayores sin pensión o indemnización, población en situación de discapacidad con un grado superior al 75% y mujeres mayores de 40 años. Los empleadores solo deberán pagar riesgos laborales, el Gobierno asumirá los aportes correspondientes a los sistemas de salud y pensiones y al pago de aportes parafiscales, tampoco estarán obligados a afiliarlos a las Cajas de Compensación Familiar. La medida aplica para las contrataciones hechas los cinco años siguientes contados a partir de la promulgación de la ley.