Pacto Histórico demandará la personería jurídica de Defensores de la Patria ante el Consejo de Estado

Pacto Histórico demandará la personería jurídica de Defensores de la Patria ante el Consejo de Estado

La controversia por el reconocimiento de Defensores de la Patria como partido político llegó a los estrados judiciales. El Pacto Histórico presentará una demanda ante el Consejo de Estado para solicitar la nulidad de la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), al considerar que el acto administrativo desconoce la Constitución, la ley y la jurisprudencia vigente sobre el reconocimiento de personerías jurídicas.

El debate jurídico por el nacimiento del nuevo partido político Defensores de la Patria, liderado por el presidente electo Abelardo De La Espriella, escalará al máximo tribunal de lo contencioso administrativo.

A través de un pronunciamiento en la red social X, el representante a la Cámara Gabriel Becerra, del Pacto Histórico, confirmó que la colectividad interpondrá una demanda ante el Consejo de Estado para que se declare la nulidad del acto mediante el cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció la personería jurídica del movimiento.

La decisión del CNE fue adoptada el 3 de agosto, con seis votos a favor y uno en contra, luego de que la Sala Plena acogiera la ponencia presentada por el magistrado Alfonso Campo. En esa sesión no participaron los magistrados Fabiola Márquez y Altus Baquero.

Con ese reconocimiento, Defensores de la Patria dejó de ser un grupo significativo de ciudadanos para convertirse en un partido político con personería jurídica, habilitado para acceder a financiación estatal, recibir los derechos propios de las organizaciones políticas y otorgar avales para participar en las elecciones regionales de 2027.

Los argumentos de la demanda

El representante Gabriel Becerra sostuvo que el reconocimiento otorgado por el CNE desconoce las reglas previstas en la Constitución y la legislación electoral para acceder a la personería jurídica.

Según explicó, los precedentes que dieron origen a la personería jurídica de Colombia Humana y de la Liga de Gobernantes Anticorrupción no serían aplicables al caso de Defensores de la Patria.

“Los precedentes de Colombia Humana y la Liga de Gobernantes Anticorrupción no son aplicables a este caso. En ambos, el reconocimiento respondió a la protección del derecho de oposición, una circunstancia jurídica que no existe para Firmes por la Patria. Equiparar situaciones distintas desconoce los precedentes judiciales y vulnera la seguridad jurídica”, manifestó el congresista.

Becerra insistió en que la controversia no responde a diferencias políticas sino a un debate estrictamente jurídico sobre la aplicación de las normas electorales.

¿Por qué el CNE otorgó la personería jurídica?

La mayoría del Consejo Nacional Electoral concluyó que el movimiento cumplía los requisitos constitucionales y jurisprudenciales para obtener el reconocimiento como partido político, pese a no haber presentado listas propias al Congreso en las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026.

La ponencia sostuvo que la votación obtenida por la fórmula presidencial encabezada por Abelardo De La Espriella y el vicepresidente electo José Manuel Restrepo representó un respaldo ciudadano superior al exigido por la Constitución.

Incluso, el documento señaló que el apoyo electoral obtenido por Defensores de la Patria fue cuantitativamente superior al alcanzado por Colombia Humana en las elecciones presidenciales de 2018, precedente que posteriormente fue reconocido por la Corte Constitucional.

El debate jurídico

El reconocimiento de la personería jurídica de los partidos políticos está regulado por el artículo 108 de la Constitución Política, que, como regla general, exige haber participado en elecciones al Senado o a la Cámara de Representantes y obtener una votación no inferior al 3 % de los votos válidos en todo el territorio nacional.

No obstante, la discusión jurídica gira alrededor de la interpretación realizada por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-316 de 2021, decisión en la que el alto tribunal reconoció que existía un vacío normativo frente a los grupos significativos de ciudadanos que participaban en elecciones presidenciales y obtenían una importante representación popular, pese a no contar con listas al Congreso.

Ese precedente permitió el reconocimiento de la personería jurídica de Colombia Humana, mientras que posteriormente también sirvió como fundamento para la Liga de Gobernantes Anticorrupción, movimiento creado alrededor de la candidatura presidencial de Rodolfo Hernández.

Sin embargo, el Pacto Histórico sostiene que esas decisiones respondieron a circunstancias constitucionales distintas y que extender automáticamente esos precedentes a Defensores de la Patria desconocería el alcance de la jurisprudencia.

¿Qué decidirá ahora el Consejo de Estado?

Con la demanda radicada, será el Consejo de Estado el encargado de determinar si el acto administrativo expedido por el CNE se ajustó a la Constitución, a las leyes estatutarias 130 de 1994 y 1475 de 2011, así como a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Si el alto tribunal encuentra que existieron irregularidades en el reconocimiento, podría declarar la nulidad de la personería jurídica. En caso contrario, Defensores de la Patria conservará su condición de partido político y podrá participar plenamente en los próximos procesos electorales con aval propio y acceso a los beneficios previstos por la legislación colombiana.

La decisión que adopte el Consejo de Estado no solo definirá el futuro jurídico de Defensores de la Patria, sino que también fijará un nuevo precedente sobre el alcance del artículo 108 de la Constitución y los requisitos para que un grupo significativo de ciudadanos pueda convertirse en partido político después de una elección presidencial.

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