Aborto despenalizado en los primeros tres meses, ponencia en la Corte

Aborto despenalizado en los primeros tres meses, ponencia en la Corte

Después de 12 semanas, solo sería posible cuando se da alguna de las tres causales ya vigentes.

El magistrado Alejandro Linares, tal como estaba previsto, entregó la ponencia que establece la despenalización del aborto hasta el primer trimestre de gestación.

De allí en adelante se aplicarían las tres causales establecidas por la misma Corte Constitucional en el 2006 y que permiten interrumpir voluntariamente el embarazo.

La ponencia del magistrado Linares entregada ayer a sus compañeros del alto tribunal empezaría a ser discutida la próxima semana.

En su ponencia el magistrado tuvo en cuenta los conceptos técnicos y científicos solicitados a distintas entidades públicas y privadas sobre el tema.

La abogada Mónica Roa de la organización Women’s Link Worldwide señaló que establecer el límite simplificaría la burocracia y haría más fácil “eliminar las barreras para que todas las mujeres que necesiten un aborto, especialmente las más vulnerables, puedan hacerlo”.

El debate se reabrió en la Corte por una demanda de la abogada Natalia Bernal Cano, quien le pidió al alto tribunal tumbar las tres causales que permitirían la interrupción del embarazo.

Una de las últimas comunicaciones que llegó a la Corte fue una carta de un grupo de congresistas, la mayoría del Centro Democrático, que señalaban que el tema que se examinaba era competencia exclusiva del legislador

“No compartimos entonces la actitud asumida por la Corte Constitucional de abrogarse competencias del legislativo, como lo ha venido haciendo en las 16 sentencias sobre aborto que ha expedido desde el año 2006”, se lee en la comunicación. Igualmente un grupo de expertos en pediatría y neonatología expresó su posición teniendo en cuenta estudios científicos sobre el tema del aborto.

“Este Comité de Expertos sugiere como límite de viabilidad las primeras 22 semanas de gestación, para que de esta manera la práctica de una Interrupción voluntaria del embarazo, en los casos de despenalización del aborto bajo los supuestos actualmente admisibles o bajo cualquier otra circunstancia, no sea practicada a partir de la semana 23”, recomendaron.

Y añaden que fijar ese límite “no vulnera los derechos a la dignidad humana y a la autonomía individual, a la vida digna, a no ser sometido a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (…) reconocidos por esta Corporación en relación con la IVE, toda vez que no se vulnera su efectiva protección, no se limita totalmente su ejercicio, ni se trata de una intervención inadmisible a la libertad de decisión de la
mujer”.

La decisión ahora quedó en manos de los nueve magistrados de la Corte. Antes el Tribunal se reunirá en las próximas horas para resolver una nueva recusación contra los magistrados Alejandro Linares y Antonio José Lizarazo.

Las razones del magistrado

En un salvamento de voto del magistrado Linares en 2018 ya se había hecho claridad sobre su posición sobre el tema.

En su salvamento de voto Linares señaló que la Corte no impuso un limite temporal para la interrupción y que esto “no puede ser una justificación válida para la abstención o negación de la realización del procedimiento de aborto, pues no releva a los prestadores de salud de su deber de garantizar los derechos de las mujeres gestantes. De esta forma, no puede ser un elemento considerado en abstracto -el tiempo de gestación-, el que dificulte el acceso al procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo, pues razones así aparecen bien sea como barreras para el acceso o como justificación de la actuación omisiva de los prestadores de servicios de salud”.

Igualmente se declaró partidario de la creación “de una política pública que evite imponer cargas indebidas, o permitan la despenalización, contribuirán de manera significativa a reducir la mortalidad materna, la cual se ve
incrementada ante la imposición de barreras que conllevan a abortos inseguros que se realizan en contextos de informalidad e ilegalidad.”.

De hecho Linares había advertido que si el Congreso no legislaba sobre el tema la Corte podía “establecer otras exclusiones frente a las
sanciones penales, durante las primeras 16 semanas de gestación, para dar protección efectiva a los derechos fundamentales de la mujer gestante”.

Señaló el magistrado que el llamado al Congreso, hecho en ese momento, “abre un camino para que, dentro de su amplia potestad de configuración, prevea situaciones de hecho adicionales en pro del derecho a escoger de las mujeres -tal como la fijación de límite de temporalidad en la interrupción voluntaria del embarazo-, con el fin de que, en aplicación conjunta de políticas públicas en educación y salud reproductiva , se supere la sanción penal que aún existe sobre las prácticas abortivas”.
eltiempo.com

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